Modelo Aprobado de Constitución y Reglamentos
Unidad Congregacional o Intercongregacional

NOTA
Los pasajes marcados con un asterisco (*) son necesarios para satisfacer los criterios de la membresía.

Las disposiciones de la constitución y de sus reglamentos que se refieren a la misma materia han sido reunidas en conjuntos. Así, las dos clases diferentes de disposiciones se identifican de la siguiente manera:

Las disposiciones constitucionales aparecen en negritas.
Los reglamentos aparecen en caracteres normales.

ARTÍCULO I — DEL NOMBRE Y DE LA MEMBRESÍA
*SECCIÓN 1. Membresía
Esta unidad [congregacional] [intercongregacional] habrá de ser un miembro más de Mujeres de la Iglesia Evangélica Luterana en América, organismo al que en lo sucesivo se denominará "Mujeres de la IELA".

*SECCIÓN 2. Nombre
El nombre de esta unidad [congregacional] [intercongregacional] será Unidad de [nombre(s) de la (las) congregación(es)] de Mujeres de la IELA, organismo al que en lo sucesivo se denominará "la unidad".

ARTÍCULO II — DE LA DECLARACIÓN DEL PROPÓSITO
*SECCIÓN 1. Propósito
En tanto que somos una comunidad de mujeres creadas a imagen de Dios, llamadas a convertirnos en discípulas de Jesucristo y fortalecidas por el Espíritu Santo, nos comprometemos a crecer en la fe, afirmar nuestros dones, apoyarnos las unas a las otras en nuestras respectivas vocaciones, involucrarnos en el ejercicio del ministerio y la acción y promover la sanación y la integridad en la iglesia, la sociedad y el mundo.

*SECCIÓN 2. Compromiso
Con el fin de alcanzar el propósito de Mujeres de la IELA, las mujeres de esta unidad nos comprometemos voluntariamente a:

a.  Reunirnos para el estudio, el apoyo y la acción;
b.  Participar en el ministerio de Mujeres de la IELA, más allá de la congregación;
c. 

Apoyar financieramente la totalidad del programa Mujeres de la IELA; y

d.  Designar un liderazgo que habrá de permanecer en comunicación con la organización eclesiástica nacional de mujeres y con la organización sinodal de mujeres o un miembro votante de una de las congregaciones que componen esta unidad congregacional.

ARTÍCULO III — DE LA PARTICIPACIÓN
*SECCIÓN 1. Composición
Esta unidad estará integrada por aquellas mujeres que participen en actividades que demuestren un claro compromiso con el propósito de Mujeres de la IELA.

*SECCIÓN 2. Participación
En esta unidad la participación deberá estar disponible para todas las mujeres de la (las) congregación(es), así como para cualquier otra mujer que se suscriba al propósito.

*SECCIÓN 3. Membresía Congregacional
Las mujeres electas para el liderazgo en esta unidad, y aquellas que sean electas como delegadas ante alguna convención de la organización sinodal de mujeres, deberán ser necesariamente miembros de alguna congregación de la IELA.

ARTÍCULO IV — DE LAS RELACIONES
*SECCIÓN 1. Congregación
Esta unidad participará en la vida y la obra de [nombre(s) de la (las) congregación(es)] y se reportará en el (los) encuentro(s) anual(es). Puede también reportarse regularmente ante el (los) consejo(s) congregacional(es).

*SECCIÓN 2. Capítulo o Conferencia
Esta unidad deberá participar en actividades dentro del capítulo o conferencia a la cual sea asignada.

*SECCIÓN 3. Organización Sinodal de Mujeres
Bajo el esquema de una asociación interdependiente con la Organización Sinodal de Mujeres de [nombre del sínodo], esta unidad participará en la convención de la Organización Sinodal de Mujeres de [nombre del sínodo] al:

*Inciso 1.  Elegir a una delegada titular y a una delegada suplente, para que represente a su unidad.
*Inciso 2  Cooperar con el proceso de nominación de las oficiales y miembros de la junta directiva de la organización sinodal de mujeres.

*SECCIÓN 4. Organización Eclesiástica Nacional de Mujeres

*Inciso 1.  Esta unidad deberá participar en el proceso de nominación de delegadas a la Convención Trienal.
*Inciso 2.  Esta unidad deberá participar en el proceso de nominación de oficiales y miembros del consejo directivo.

ARTÍCULO V — DE LAS REUNIONES
SECCIÓN 1. Programa
Las mujeres de esta unidad se reunirán regularmente para estudio, apoyo mutuo y acción. [Para ello, designarán fechas, horarios, y otros.]

SECCIÓN 2. Cuestiones de Negocios
En el (los) mes(es) de [nombre(s) de mes(es)] se organizarán una o más reuniones de cuestiones (por lo menos una vez al año) para cumplir con propósitos tales como recibir reportes, desarrollar planes, elegir líderes y adoptar presupuestos anuales.

ARTÍCULO VI — DEL LIDERAZGO
SECCIÓN 1. Líderes (Oficiales)
Esta unidad contará con [nombre de los cargos de dirigentes], quienes serán electas para un periodo de un año, y con derecho a una sola reelección para otro periodo igual.

SECCIÓN 2. Deberes de las Líderes (Oficiales)

SECCIÓN 3. Deberes [de la Junta Directiva] [del Comité de Coordinación] [del Consejo de Coordinación] de la Unidad

ARTÍCULO VII — DE LA PLANEACIÓN
SECCIÓN 1. Áreas Programáticas y Metas
Esta unidad se involucrará en tareas de planeación, con énfasis en las áreas programáticas y metas establecidas por Mujeres de la IELA.

SECCIÓN 2. Planeación Programática
[La junta] [El Comité de Coordinación] [El Consejo de Coordinación] de esta unidad se hará responsable de la planeación programática en la unidad.

ARTÍCULO VIII — DE LAS NOMINACIONES Y DE LAS ELECCIONES
SECCIÓN 1. Comité de Nominaciones
Deberá haber un Comité de Nominaciones formado por un mínimo de tres personas, quienes presentarán candidatas para ser electas al cargo de [nombre del cargo] de esta unidad.

SECCIÓN 2. Elecciones
Todos los cargos de elección tendrán una duración de un año, con derecho a una sola reelección para otro periodo igual.

ARTÍCULO IX — DE LAS FINANZAS
SECCIÓN 1. Año Fiscal
El año fiscal y el presupuesto anual para esta unidad deberán iniciar el 1 de enero y concluir el 31 de diciembre.

SECCIÓN 2. Administración
Esta unidad desarrollará y administrará su propio plan financiero o presupuesto, mismo que deberá evidenciar el apoyo a la totalidad del programa de Mujeres de la IELA.

SECCIÓN 3. Transferencias de Fondos
Esta unidad deberá transferir fondos de manera regular, de acuerdo con los procedimientos establecidos.

SECCIÓN 4. Reportes
Esta unidad deberá entregar reportes financieros anuales a sus participantes.

SECCIÓN 5. Responsabilidad Financiera
Cada año, un Comité de Auditoría de la unidad deberá llevar a cabo una auditoría de los registros contables y financieros de la misma. Dicha auditoría, además, deberá ser congruente con las prácticas que hubiere establecido la institución a la que esta unidad especial pertenece.

ARTÍCULO X — DE LA CLAUSULE DE DISOLUCIÓN
En caso de que se llegare a disolver esta unidad congregacional/intercongregacional, cualquier propiedad excedente que quedare tras haber liquidado sus adeudos, deberá ser dispuesta para ser transferida a la organización eclesiástica nacional de mujeres, o a su sucesor, proveyendo que dicha organización es, en el momento de su disolución, una organización calificada para ello, tal como se describe en la Sección 501(c)(3) del Código del Servicio del Impuesto sobre la Renta del año 1986 o una provisión comparativa, y si no, a la Iglesia Evangélica Luterana en América o a su sucesor, y si no, a una o más organizaciones calificadas, dicha transferencia se hará en las proporciones que la dirigencia de esta unidad determine.

ARTÍCULO XI — DE LOS REGLAMENTOS Y DE LAS ENMIENDAS
SECCIÓN 1. Reglamentos
Esta unidad podrá adoptar reglamentos que no entren en conflicto con esta constitución, por mayoría de votos de sus miembros; votos que hayan sido presentados por escrito, en una reunión previa.

SECCIÓN 2. Enmiendas

Inciso 1.  Esta constitución puede ser enmendada durante cualquier reunión de negocios —normal o especial— de esta unidad, siempre y cuando:
  a.  La enmienda haya sido aprobada por los votos de cuando menos dos terceras partes de las miembros presentes en el momento de sufragar.
  b.  Haya sido propuesta y presentada durante una reunión previa.
  c.  Sea congruente con el propósito de Mujeres de la IELA.
Inciso 2.  Las enmiendas a los reglamentos pueden ser adoptadas por la unidad, sólo después de haber sido presentadas durante una reunión previa y haber sido aprobadas por mayoría de votos